Los portabicicletas VÉLO GALAXIE se pueden pedir en el mostrador, ¡excluyendo las licitaciones!

instituto nacional de propiedad industrial

¡Nuestros aparcabicicletas son exclusivos y se benefician del artículo 30 del código de contratación pública!

A través del artículo 30 del Código de Contrataciones Públicas, el Estado tuvo la buena idea de defender a las empresas innovadoras y evitar pérdidas de tiempo a los ayuntamientos y comunidades. evitar licitaciones “innecesarias” sobre productos únicos o exclusivos. Por lo tanto, Nuestros portabicicletas beneficiarse del artículo 30.I.3.C del código de contratación pública sobre la protección de los derechos exclusivos ya que todos nuestros modelos están depositados en el INPI y por lo tanto cubierto por la propiedad intelectual. Ellos puedenent por lo tanto ser achetés como parte de un procedimiento extrabursátil, excluidos los llamados a licitación.

Pero, ¿qué es el artículo 30 del código de contratación pública?

artículo 30 cm
El artículo 30 del código de contratación pública establece que:
"YO. – Los compradores pueden celebrar un contrato público negociado sin publicidad ni concurso previo en los siguientes casos:
3° Cuando las obras, suministros o servicios sólo puedan ser prestados por un determinado operador económico, por alguna de las siguientes causas:
c) Protección de los derechos exclusivos, incluidos los derechos de propiedad intelectual."

(Decreto n° 2016-360 de 25 de marzo de 2016 – artículo 30.I.3.C)